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BASES LEGALES DEL SORTEO "TOMORROWLAND SUMMER 2025"

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BASES LEGALES DEL SORTEO "TOMORROWLAND SUMMER 2025"

Es requisito para participar en el sorteo “TOMORROWLAND SUMMER 2025 VELO” la aceptación, en su totalidad, de las presentes bases promocionales (en adelante, las “Bases”).


El reconocimiento como participante válido queda sujeto al cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases, así como a la aceptación de las mismas, a través de su participación en el sorteo, declara haberlas leído y aceptado. Estas Bases prevalecen en caso de conflicto o discrepancias con cualquier otra comunicación.


1 - Compañía Organizadora
BRITISH AMERICAN TOBACCO ESPAÑA, S.A.U. (en adelante, “BAT”), sociedad domiciliada en Madrid, Edificio Torre Emperador Castellana, Paseo de la Castellana 259-D, Planta 25, 28046; con CIF A35232669, tiene previsto realizar un sorteo denominado “TOMORROWLAND SUMMER 2025 VELO” dentro del ámbito territorial del Reino de España (en adelante, el “Sorteo”).


2 - Fechas de celebración
La mecánica se desarrollará:
•    desde el día 16 de junio de 2025 hasta el 26 de junio de 2025 (en adelante, “Periodo de Vigencia”).

El ganador se anunciará el 30 de junio de 2025.


3 - Legitimación para participar
Podrán participar en el sorteo, de acuerdo con lo previsto en las Bases, todas aquellas personas físicas que sean consumidores de bolsitas de nicotina y/o consumidores de nicotina, mayores de dieciocho (18) años y residencia legal en España. Queda excluido del Sorteo (i) todo el personal laboral de BAT, así como (ii) aquellas personas que mantengan una relación mercantil o de agencia con BAT o (iii) que estén profesionalmente relacionados con la administración del Sorteo.


4 - Mecánica del Sorteo
•    Se sorteará una (1) experiencia doble en Tomorrowland Summer con alojamiento, de modo que habrá un (1) ganador del Sorteo, el cual podrá ir acompañado de la persona que desee, quien también deberá ser consumidor de bolsitas de nicotina y/o consumidor de nicotina, mayor de 18 (dieciocho) años y con residencia legal en España.

•    La experiencia sorteada incluye:

1.    Dos (2) entradas General Access Festival (una para el ganador y otra para su acompañante) para el festival Tomorrowland Summer.

2.    Cinco (5) días y cuatro (4) noches de alojamiento en Crowne Plaza Hotel, situado en Gerard le Grellelaan 10, 2020 Antwerpen, Bélgica. El alojamiento consiste en una habitación doble, para las noches 17, 18, 19 y 20 de julio de 2025. El alojamiento en Crowne Plaza Hotel incluye desayuno, mientras que; el resto de los gastos corren a cargo de los ganadores y sus acompañantes. No se incluye ningún gasto personal ni actividades adicionales dentro del Crowne Plaza Hotel, ni del festival.

3.    Vuelos de ida y vuelta desde España (Salidas a elegir desde Madrid o Barcelona - tasas e impuestos incluidos) los días 17 y 21 de julio 2025.
i.    Ni BAT ni Tomorrowland asumen los gastos derivados del transporte y/o traslado desde el domicilio del ganador y su respectivo acompañante hasta el aeropuerto de salida (Madrid o Barcelona).


4.    Traslados:
i.    Desde el Zaventem airport al hotel (ida y vuelta), los días 17 y 21 de julio de 2025.
ii.    Del hotel al festival (ida y vuelta incluidas) los días 18, 19 y 20 de julio de 2025.
iii.    Ni BAT ni Tomorrowland asumen los gastos derivados del transporte y/o traslado desde el domicilio del ganador y su acompañante hasta el aeropuerto de salida (Madrid o Barcelona).

5.    Crédito de 200 euros por participante para consumir dentro del festival. 
En adelante, el “Premio”.

El ganador del Premio y su acompañante deberán cumplir con todos los requisitos establecidos por las autoridades competentes para entrar en el territorio y asistir al festival.

Los interesados en participar en el Sorteo deberán, durante el Periodo de Vigencia, realizar la dinámica que se explica a continuación:
i.    Seguir el perfil de Instagram @velo.espana, donde se anunciará el Sorteo y los premios, así como la mecánica de participación en el mismo.
ii.    Tener un perfil válido y personal en la red social Instagram.
iii.    Comentar en la publicación de Instagram dedicada al sorteo qué amigo querrías que te acompañara al Festival Tomorrowland Summer Belgium 2025, mayor de 18 años y consumidor de bolsitas de nicotina.


5 - Condiciones
Los participantes aceptan no proporcionar información personal falsa o engañosa y, bajo ninguna circunstancia, registrarse con identidad falsa. BAT se reserva el derecho de excluir, sin previo aviso, a todas aquellas personas que hagan un uso fraudulento del Sorteo y contrario a la buena fe. De la misma manera, si no se cumplieran las condiciones y los criterios de elegibilidad, se perderá el derecho al premio. BAT se reserva el derecho de no entregar el premio a aquellos perfiles que sean falsos y que no cumplan con los requisitos y criterios establecidos en el presente escrito. Asimismo, BAT no se responsabiliza si el ganador del sorteo y su acompañante no cumplen los requisitos establecidos por las autoridades competentes para entrar en territorio belga o para acudir al festival.

Criterios de Elegibilidad:
Las publicaciones realizadas por cada participante deberán cumplir con los siguientes criterios de elegibilidad (en adelante, “Criterios de Elegibilidad”):
•    (i) Ser mayor de dieciocho (18) años y residente legal en España. Se requerirá validación de DNI para confirmar mayoría de edad.

•    (ii) Cumplir con los criterios oficiales del gobierno de Bélgica y/o la autoridad competente para entrar a eventos y lugares públicos. BAT no será responsable en caso de que los ganadores o sus acompañantes no cumplan con los requisitos establecidos por las autoridades competentes.

•    (iii) En su caso, tener pasaportes válidos para viajar con un mínimo de 6 meses de validez a la fecha de salida y siendo cada ganador y acompañante responsables de tramitar las visas y la documentación necesarios para que puedan asistir a la Fase de Evento.

•    (iv) Cumplir con los términos y condiciones del (ii) el proveedor de viajes (iii) cualquier lugar donde se celebre el Premio, incluidos los términos y condiciones relacionados con la salud y la seguridad.

•    (v) Poder asistir en las fechas establecidas anteriormente. No se ofrecerá efectivo u otras alternativas. En caso de que el primer ganador del sorteo no pueda asistir al festival bien porque no cumple con los requisitos establecidos en estas bases legales o bien porque no cumple con los requisitos establecidos por el gobierno belga y el festival; y por tanto tenga que rechazar el premio, BAT pasará a entregar el premio al primer ganador suplente. BAT creará una lista de ganadores suplentes que serán contactados en caso de que los primeros no puedan disfrutar el premio. En todo caso, los suplentes deberán cumplir con los requisitos establecidos por BAT en estas bases legales y los requisitos impuestos por el gobierno belga y el festival.

•    (vi) El ganador del premio deberá aceptar el premio, contestando al correo electrónico en el que se le informa de su condición de ganador en un periodo máximo de 48 horas desde que se le comunicó vía email. Asimismo, deberán comprobar e informar a BAT en las 48 horas siguientes a la comunicación de su condición de ganadores, sobre la posibilidad de asistir al festival (tanto el ganador como su acompañante). Es decir, los ganadores están obligados a comunicar en esas 48 horas a BAT que está capacitado tanto él/ella como su acompañante para viajar a Bélgica (cumpliendo todos los requisitos legales) y asistir al festival. Si pasadas 48 horas desde que se comunicó a cada ganador su condición como tal, BAT no ha recibido su aceptación y confirmación de que cumple con los requisitos legales, el premio se otorgará al primer suplente de la lista de 10 suplentes (el cual deberá también contestar a BAT y confirmar la posibilidad de asistir al festival en un período máximo de 48 horas).

•    (vii) Deberán cumplir con las leyes que rigen su país de residencia y Bélgica.

•    (viii) No debe infringir derechos de terceros o mostrar contenidos que puedan ser considerados ofensivos o difamatorios.

•    (ix) No deben ser contrarios, menospreciar o atentar contra los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas constitucionalmente o en la legislación aplicable.

•    (x) No deben incluir ni evocar la imagen de terceros, ni de otras personas distintas del propio participante y, en ningún caso, de menores de edad.

•    (xi) Deben ser aptas para todos los públicos y no infringir la ley, la moral o el orden público.

•    (xii) No deben contener ninguna palabra o imagen que, bajo el criterio del BAT pueda resultar ofensiva, sexualmente explícita, ordinaria, inadecuada o en general, inapropiada.

•    (xiii) No deben ser falsas, ambiguas, inexactas, exageradas o extemporáneas, de forma que induzcan o puedan inducir a error sobre su objeto o sobre las intenciones o propósitos del comunicante.

•    (xiv) No deben ser relacionadas con salud, fármacos o actividades deportivas.

•    (xv) No deben infringir derechos de propiedad intelectual o industrial pertenecientes a terceros, sin que el participante haya obtenido previamente de sus titulares la autorización necesaria para llevar a cabo el uso que efectúa o pretende efectuar.

•    (xvi) No deben menoscabar en cualquier forma el crédito de BAT y cualquiera de sus productos o de terceros.

•    (xvii) No deben constituir, en su caso, publicidad ilícita, engañosa y/o desleal y, en general, no deben ser constitutivas de competencia desleal.

•    (xviii) No deben mostrar ningún desnudo total o parcial ni contenido con carga erótica.

•    (xix) Por razones de seguridad, no deben incluir ni revelar datos de carácter personal del participante, por ejemplo, su nombre, teléfono, dirección de correo electrónico, etc.

•    (xx) No deberán incluir ninguna marca ni signo distintivo diferente de las marcas titularidad de BAT.

•    No se otorgará el premio a aquellos participantes que hayan sido premiados anteriormente en otro sorteo realizado por BAT desde la cuenta de glo España (@glo_espana), en un plazo de un (1) año.
Las participaciones que no cumplan con los Criterios de Elegibilidad, ni con las restantes Condiciones de las presentes Bases legales serán consideradas inválidas, motivo por el que el participante afectado será descalificado del Sorteo y no tendrá derecho a obtener el premio.


6 - Sorteo
El día 30 de junio de 2025 se efectuará el sorteo ante Notario del Ilustre Colegio de Notarios de Madrid, Don Pablo Ramallo Taboada.

El Premio no será sustituible por otro premio alternativos o dinero en metálico. El Premio es intransferible y está sujeto a disponibilidad y a que se cumplan los requisitos establecidos por el gobierno competente y por la organización del festival Tomorrowland. BAT se reserva el derecho a sustituir el Premio con otro de valor equivalente sin necesidad de previo aviso. La posible incorporación tanto del valor del Premio como del ingreso a cuenta no repercutido en su Declaración Anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas corresponde al premiado. BAT advierte a los ganadores que, dependiendo de su nivel de renta, la incorporación del valor del Premio y del ingreso a cuenta a su declaración podría suponer un incremento en la cuota que tengan que pagar por IRPF.


7 - Gestión de la entrega del Premio
El participante ganador del sorteo será informado el día 30 de junio de 2025 por parte del canal de Instagram @velo.espana mediante mensaje privado y/o por correo electrónico a la dirección facilitada en el registro web, de cara a poder recabar datos para hacerle llegar el premio.

El participante ganador deberá confirmar antes de la entrega del Premio sus datos personales, así como facilitar copia de su DNI o pasaporte y confirmar que son consumidores de cigarrillos electrónicos o fumadores, mayores de dieciocho (18) años y residentes legales en España, así como su acompañante.


8 - Derechos de imagen
Los ganadores autorizan a BAT a reproducir y utilizar su nombre y apellidos y otros datos, así como su imagen, en cualquier actividad relacionada con el Sorteo sin que dicha utilización les confiera derecho a remuneración o beneficio alguno más allá de la entrega del Premio si resultasen ganadores.

Estas cesiones de derechos de imagen abarcarán cualquier sistema y soporte que permita fijar, insertar, difundir, reproducir, divulgar, explotar y comunicar públicamente el diseño obtenido conjuntamente con la imagen de BAT, entre otros, pero no limitada a éstos, diferentes soportes, tales como Internet y redes sociales.
Dicha cesión de los derechos de imagen se entiende realizada a BAT, con ámbito mundial durante el transcurso de la promoción y durante todo el año 2025 para la totalidad de usos establecidos en las presentes Bases.


9 - Protección de datos personales
En cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos, los datos personales que nos facilita serán responsabilidad de BAT y serán tratados para gestionar la participación en el Sorteo (incluido verificar la edad mínima de 18 años de los participantes); para la entrega del premio en caso de que resulte ganador; y para publicar sus datos en ese supuesto. La negativa a facilitar sus datos impedirá su participación en el Sorteo.

La base de legitimación de los tratamientos de los datos personales descritos en el párrafo anterior es la ejecución de la relación contractual entre usted y BAT, es decir, estas bases legales.

Sus datos serán tratados durante el tiempo que sea necesario para cumplir la finalidad por la que fueron recabados y, una vez cumplida su finalidad, serán conservados durante los plazos legalmente establecidos en cada caso.

Podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, limitación y portabilidad, en los casos que corresponda, mediante petición dirigida al Departamento Jurídico de BAT, a la dirección previamente indicada o al correo: iberialegal_security@bat.com con la referencia “Protección de Datos – “TOMORROWLAND SUMMER 2025 VELO”. El ejercicio de estos derechos no será retroactivo. Los participantes en esta campaña, si lo creen oportuno, tendrán derecho a solicitar la protección de la Agencia Española de Protección de Datos a través de su web https://www.aepd.es/.

Asimismo, y con la finalidad de gestionar su participación en el presente Sorteo, los datos podrán ser tratados por terceras empresas que gestionen el Sorteo. BAT ha designado a estos terceros como encargados del tratamiento o, en todo caso, les ha autorizado expresamente para que traten los datos descritos en la presente nota informativa. BAT comprobará periódicamente que los terceros cumplen con sus respectivas obligaciones y que cumplen con las medidas de protección de datos personales.

Los datos personales tratados por BAT para alcanzar las finalidades detalladas anteriormente podrán ser comunicados a Organismos y Administraciones Públicas, así como Notarios u otros fedatarios públicos que garanticen la objetividad y transparencia del proceso del Sorteo y los resultados de mismo.

No se prevé la realización de transferencias internacionales de datos a terceros países, fuera del Estado Económico Europeo. No obstante, en caso de que se llegase a producir esta categoría de transferencias, BAT asegurará que se lleve a cabo bajo el amparo de las garantías pertinentes, exigidas por la normativa aplicable en materia de protección de datos.

Los datos de carácter personal facilitados para participar en el presente Sorteo deberán ser veraces y exactos.

10 - Responsabilidad
Ni BAT, ni otros agentes serán responsables de la cancelación, variación o cambios – parciales o totales – de cualquiera de los aspectos del Premio operado por agencias de viaje, organizadores del evento o terceros.

Ni BAT, ni sus agentes - incluso los encargados de entregar el premio – serán responsables ante el ganador en el caso de que el ganador no pueda beneficiarse en todo o en parte del Premio por causas atribuibles al ganador mismo (por ejemplo, retraso en la llegada al lugar de entrega del Premio).

BAT no acepta responsabilidades por las participaciones en el Sorteo que sean incompletas, ilegibles, dañadas o que no lleguen durante el plazo previsto por el Sorteo, ni por dificultades técnicas que impidan la participación en el Sorteo.

BAT no acepta ninguna responsabilidad por cualquier aspecto del Premio que se extravíe, dañe, retrase o no llegue al ganador antes de la fecha de utilización del Premio.

BAT y, en su caso, las empresas colaboradoras en el presente Sorteo no serán en ningún caso responsables de cualquier daño, de cualquier naturaleza, directos, indirectos y/o circunstanciales, ya sean inmediatos o diferidos, que pudieran aparecer con ocasión o como consecuencia del disfrute del Premio.

BAT se reserva la facultad de cancelar, suspender o modificar las presentes Bases, así como la organización, y/o gestión del presente Sorteo


11 - Resolución de conflictos y fuero aplicable
Para toda cuestión litigiosa que pudiera dimanar del presente Sorteo, tanto BAT como el ganador y participantes en la misma, hacen expresa renuncia a cualquier fuero que pudiera corresponderles, y expresamente se someten a los Juzgados y Tribunales de Madrid.


12 – Varios
Este Sorteo no está patrocinado, suscrito, gestionado o asociado de ninguna manera con Instagram, Facebook, Twitter o cualquier otra red social.

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© British American Tobacco España S.A., con domicilio social en Torre Espacio, Paseo de la Castellana, 259D – 28046, Madrid. N.I.F. A35232669.

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